Las
personas Fiscas que solo obtuvieron salarios de un patrón, no están obligados a
presentar la declaración; pero si desean obtener su devolución, pueden
presentarla en cualquier momento del año.
A partir de
este 22 de Marzo está disponible en el portal
del SAT la aplicación para que las personas físicas pueden presentar su declaración
anual 2016 del impuesto sobre la renta. Así lo dio a conocer la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria
(SAT), presentando también las facilidades que existen para cumplir con esta
obligación fiscal.
Para los
asalariados ya se ofrece una propuesta de declaración que ya contiene su
información pre llenada, y en su caso, con un monto de saldo a favor, por lo tanto
solo tienen que revisarla y si están de acuerdo, enviarla. Quienes no deducen más de 25 facturas electrónicas podrán
presentar vía telefónica su declaración anual
2016 de asalariados.
Otras de
las facilidades que presenta el SAT, es que los contribuyentes pueden enviar su
declaración con contraseña; si se tiene saldo a cargo, se puede pagar hasta en
6 parcialidades; las líneas de captura se generan automáticamente; y desde
Declara SAT se puede activar el Buzón Tributario para darle seguimiento al
trámite de devolución.
El SAT está
preparado para devolver el monto que corresponda por las deducciones
presentadas, en un plazo de 3 a 5 días a partir del envío de la declaración.
Las personas físicas
que obtengan saldo a favor menor a 50 mil pesos ya no será necesario firmar su declaración
con la fiel, sólo necesitarán su contraseña para que Hacienda les devuelva,
siempre y cuando hayan solicitado con anterioridad una devolución y seleccionen
la misma cuenta bancaria que ya tiene registrada el SAT.
Si usted tiene dudas para
presentar su declaración anual puede dejarnos un comentario.
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Leer comunicado del SAT Aquí

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